“Las
Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas
jurídicas”, dice la constitución política del Perú, y además “Los pueblos indígenas y tribales
deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales” mencionan
los tratados internacionales, como el artículo 2 del convenio 169 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT)
Las
comunidades han sufrido desplazamientos, a causa de los proyectos de las
actividades extractivas que desarrollan las políticas económicas del Estado, a través de las concesiones que otorga a grandes empresas
industriales, minera, maderera e hidroeléctricas. Por
ello se hace necesario que el Estado asuma su responsabilidad de considerarlos
ciudadanos, con formas de vidas distintas que debe respetar.
“El
Estado tiene la obligación de consultar a los pueblos interesados mediante
procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones
representativas cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas
susceptibles de afectarles directamente”, señala el artículo 169, artículo 6, inciso 1 de
la OIT.
Expertos
señalan que, para prevenir eventuales conflictos sociales, el respaldo del
tratado de la OIT debe constituir una instrumentalización en las negociaciones
con las empresas. Este sería el primer paso que permita un diálogo permanente
con las poblaciones indígenas, para evitar tragedias como la de Bagua.
Por
lo dispuesto en el artículo 55 de la constitución “Los tratados internacionales
firmados, forman parte del derecho nacional”, por lo tanto toda decisión que se
tome en la amazonía deberá ser consultada, aunque el Estado sea el dueño o
administrador del subsuelo del territorio.
Actualmente
existe la Ley de
Consulta 29785, promulgada en setiembre del 2011, y reglamentada en mayo del
2012, que afirma el tratado de la OIT. Lo que debería servir para establecer
protocolos de consulta para escenarios distintos, que le otorguen el carácter
preventivo, de conflictos sociales, como el de Cañaris en Lambayeque, o Conga
en Cajamarca. Su aplicación aún sería incompleta.
Luis
Grimani Villasante